Cesion, subarriendamiento urbanos: La diferencia básica entre el Subarriendo y la Cesión descansa en que en el subarriendo total el arrendatario-subarrendador sigue conservando la titularidad del contrato y por ende la responsabilidad integra de su cumplimiento, mientras que en l...Leer más
Cesión en Arrendamientos Urbanos: La actual LAU en su artículo 32 dispone la posibilidad que el arrendatario pueda proceder a ceder o subarrendar la finca arrendada sin el consentimiento del arrendador, siempre que se trate de una finca en la que dicho arrendatario ejerza una act...Leer más
Contrato arrendimiento
Solo cabe la cesión total o parcial de la vivienda con el consentimiento escrito del arrendador. En cuanto al subarriendo, la LAU establece que la vivienda sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador. El precio...Leer más